Primero la oposición al convenio de patrullaje conjunto contra el narcotráfico y ahora la prohibición a los retenes policiales preventivos. En definitiva, aquí hay gente que vive de espaldas a la cruda realidad o está del lado de los delincuentes. Cuando creí que ya mi capacidad de asombro en asuntos de inseguridad ciudadana había llegado al límite, otro aldabonazo, propiciado por la Sala Constitucional, nos recuerda que en este país puede pasar hasta lo impensable, por más surrealista que parezca.
En un fallo que nos tiene a la mayoría de costarricenses con los pelos de punta y a los maleantes brincando de alegría, un grupo de siete magistrados le arrebataron a la Fuerza Pública una de sus principales herramientas preventivas aplicadas desde hace tiempo –sin que nadie se quejara, dicho sea de paso- en la lucha contra el hampa, bajo el romántico argumento de que la mayoría de costarricenses son honrados y no deben ser tratados como delincuentes cuando viajan en sus vehículos.Si bien es cierto que por sí solos no resuelven el problema de la inseguridad, pues ésta debe ser abordada desde un enfoque integral, los controles en carretera, constituían un mecanismo de alto valor preventivo y sumamente efectivo, dado el factor sorpresa que lo acompaña en su ejecución y a la sensación de seguridad que brinda su sola presencia en zonas conflictivas. Sin embargo, todo esto, parece no importarle a la Sala que, como si se tratara de una broma de mal gusto, ahora nos sale con el absurdo que se debe pedir permiso para revisar los carros en retenes. Les sugiero a los policías ir practicando sus más depuradas técnicas de oratoria persuasiva, para lograr que los ladrones accedan a sus peticiones de revisión vehicular. No estaría mal que –para estar parejos- a los maleantes también les exijan pedirnos permiso para asaltarnos y a los policías, permiso de los sospechosos previo a su detención. Sin ser especialista en la materia, solo de entrada, veo dos claras contradicciones en el fallo de esa instancia de poder omnímodo y absoluto conocida como Sala IV. Argumenta que, incluso en los retenes legales, un policía no puede coaccionar ni obligar a un conductor a bajar de su vehículo sin que existan indicios comprobados de delito. Y más adelante agrega que se puede registrar el interior de un carro solo si se tienen “motivos suficientes para presumir” que hay ocultos objetos vinculados a un delito. Es decir, por un lado nos habla de comprobación y por el otro de presunción. ¿En qué quedamos? Yo lo analizo así de fácil. Si el retén se limitó a una breve interrupción del tránsito –más no detención- para revisar los papeles y la cajuela, no le veo mayor inconveniente, salvo que, durante el procedimiento, los agentes incurran en maltratos o abuso de autoridad, lo cual, sin embargo, ya son otros cien pesos y en cuyo caso sí se justificaría la presentación de un recurso de hábeas corpus en la defensa legítima de libertades fundamentales que –ahora sí- se estarían violando flagrantemente. Nadie, sin ser delincuente, debe sentirse como tal, solo porque le pidieron una revisión de rutina en su vehículo. El que nada debe nada teme. Si el requisado no tiene nada que ocultar, ¿por qué se va a oponer? Más bien considero que todos estamos en la obligación moral de contribuir con los controles de carretera, a sabiendas que el no hacerlo, ya sería motivo suficiente para levantar sospechas. Veámoslo como una contribución a la lucha contra el hampa, que es un problema de todos, y no como una ocurrencia particular para causar indignación, tal y como alegó el abogado que recurrió a la Sala. Cierro con un extracto del libro “Herencia Maldita”, del periodista Ricardo Revelo, quien, al hablar de la crítica situación de violencia que atraviesa México, señala que “el fuerte vendaval del narcotráfico amenaza a la niñez y a una juventud que vive en un país cada vez más incierto. No hay seguridad. Ese sentimiento no existe más en una sociedad cada vez más incrédula”. Creo que nadie, ni siquiera la misma Sala IV, quiere lo mismo para nuestro país. |